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sábado, 8 de marzo de 2008

Fuentes, Legislacion y Bibliografía sobre los Tribunales de Responsabilidades Políticas

ARCHIVOS DONDE SE CONSERVAN LOS FONDOS DOCUMENTALES
El fondo documental producido por el Tribunal Nacional de responsabilidades Políticas de 1936 a 1945 se compone de 1.156 cajas y se conserva en el Archivo General de la Administración (Alcalá de Henares). Sobre este fondo se está realizando una base de datos que permita conoce con exactitud el número y nombre de los encausados.

Con respecto al resto de tribunales regionales y tribunales provinciales de instrucción pueden encontrarse en:
  • Los archivos de las antiguas audiencias territoriales y de las actuales audiencias provinciales, caso por ejemplo del Tribunal Regional de Burgos (que funcionó para Burgos, Álava, Soria, la Rioja y Santander) que se se encuentra en el Archivo de la Audiencia provincial de Burgos.
  • Lo más probable, en todo caso, es que hayan sido transferidos a la red de archivos históricos provinciales (AHP), uno en cada capital de provincia: por ejemplo, los fondos de los tribunales regionales y de Instrucción que se conservan en los AHP de Ourense, Albacete, Sevilla, Málaga, Huesca, Cuenca, Zaragoza, etc.
  • En algunos casos, las funciones de conservación del patrimonio histórico documental que realizan los AHP son desempeñadas por archivos históricos regionales o nacionales: por ejemplo, el fondo generado por el Tribunal Regional de Madrid se conserva en el Archivo General de la Administración; el de Tribuna Regional de La Coruña, en el Arquivo do Reino de Galicia; el del Tribunal Regional de responsabilidades políticas de Valladolid (13.327 expedientes) se conserva en el Archivo de la Real Chancillería de Valladolid; el del Tribunal Regional de Granada, en el Archivo de la Real Chancillería de Granada...
La manera más rápida de conocer donde pueden hallarse estos fondos es consultar la base de datos del Censo-Guía de Archivos Iberoamericanos del Ministerio de Cultura . Se puede realizar una consulta en el apartado búsqueda en fondos documentales marcando las opciones Fondo y División de Fondo en la casilla correspondiente, luego introducimos, por ejemplo entrecomillado "responsabilidades políticas" en el campo Título/Nombre y obtendremos 24 resultados en los siguientes centros: Archivo General de la Administración, Archivo General de la Guerra Civil, Archivo Histórico Provincial de Sevilla; Archivo Histórico Provincial de Ourense ; Archivo Histórico Provincial de Zamora; Archivo Histórico Comarcal de Berga; Archivo Histórico Provincial de Cáceres; Archivo Histórico Provincial de Soria; Archivo del Reino de Mallorca ; Archivo Histórico Provincial de las Palmas de Gran Canaria; Archivo de la Real Chancillería de Valladolid; ; Archivo Histórico de Asturias ; Archivos del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Albacete; Archivo Histórico Provincial de León; Archivo Histórico Provincial de Guadalajara; Archivo Histórico Provincial de Albacete; Archivo del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Alcaraz y Archivo del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de La Roda

LEGISLACIÓN
Os cito la normativa que creó y reguló esta Jurisdicción especial con sus respectivos enlaces a las imágenes disponibles en el sitio del BOE (Base de datos histórica de la Gaceta de Madrid).

1939

  1. Ley de Responsabilidades Políticas. BOE nº 44 (13/02/1939), pp.: 824 - 847.
  2. Orden dando instrucciones para la rápida aplicación del artículo 79 de la Ley de Responsabilidades Políticas. BOE nº 81 (22/03/1939), pp. 1.645 - 1.646.
  3. Orden sobre aplicación de la Ley de Responsabilidades Políticas. BOE nº 119 (29/04/1939), pp. 2.298 - 2.299.
  4. Orden dictando normas estableciendo un régimen transitorio para los territorios de reciente liberación, con referencia a las Comisiones de Incautaciones, hasta que se constituyan los organismos establecidos en la Ley de Responsabilidades Políticas. BOE nº 130 (10/05/1939), pp. 2.553 - 2.554.
  5. Orden circular sobre intervención del artículo 79 de la Ley de Responsabilidades Políticas. BOE nº 155 (04/06/1939), p. 3.052.
  6. Ley disponiendo la entrega al Instituto Nacional de la Vivienda de las casas baratas o económicas incautadas en virtud de la Ley de Responsabilidades Políticas. BOE nº 281(08/10/1939), pp. 5.643 - 5.645.
  7. Orden sobre procedimiento de recurso de revisión ante el Tribunal Nacional de Responsabilidades Políticas. BOE nº 346 (12/12/1939), pp. 6.983 - 6.984.
1940
  1. Ley complementaria de la de Responsabilidades Políticas de 9 de febrero de 1939, en lo relativo a la efectividad de las sanciones económicas. BOE nº 278 (04/10/1940), p. 6.872.

1941

  1. Ley por la que se dispone que la de Responsabilidades Políticas de 9 de febrero de 1939 y disposiciones posteriores se apliquen en la Zona de Tánger. BOE nº 154 (03/06/1941), p. 3.984.

1942

  1. Decreto por el que se aprueba el Reglamento orgánico del Tribunal Nacional de responsabilidades Políticas. BOE nº 182 (01/07/1942), pp. 4.720 - 4.722.
  2. Ley por la que se conceden al presupuesto en vigor de la Sección séptima de Obligaciones de los Departamentos ministeriales, "Ministerio de Justicia", varios créditos extraordinarios, por un importe total de 1.597.625 pesetas, y se anulan otros, que ascienden en junto a 2.012.000 pesetas en la Sección primera, "Presidencia del Gobierno", para dar cumplimiento a la de 19 de febrero último, que reorganizó los servicios de Responsabilidades Políticas. BOE nº 328 (24/11/1942), p. 9.518 - 9.523.

1943

  1. Orden por la que se aprueba la instrucción provisional para cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Reforma de la de Responsabilidades Políticas de 19 de febrero de 1942, en cuanto afecta al Ministerio de Hacienda, sobre incautación de bienes a las entidades, agrupaciones, partidos y demás organismos declarados fuera de la Ley. BOE nº 164 (13/06/1943), pp. 5.721 - 5.730.

1945

  1. Decreto por el que se crean dos Juzgados especiales de ejecutorias; en materia de responsabilidades políticas con jurisdicción en el territorio nacional. BOE nº 10 (10/01/1945), p. 326 - 327.
  2. Decreto por el que se suprime la Jurisdicción de responsabilidades políticas. BOE nº 115 (25/04/1945), p. 3.282.
  3. Orden por la que se dictan normas para la ejecución del Decreto de 13 de abril de 1945 sobre la supresión de la Jurisdicción de Responsabilidades Políticas. BOE nº 180 (29/06/1945), p. 5.369.
  4. Orden de 26 diciembre de 1945 por la que se declara extinguida la Sección Informadora de reclamaciones de terceros, comprendida en la quinta disposición transitoria de la Ley de Responsabilidades Políticas de 9 de febrero de 1939. BOE nº 365 (31/12/1945), p. 3.827.

1946

  1. Orden de 10 de julio de 1946 por la que se suprimen las Salas de Instancia del Tribunal Nacional de Responsabilidades Politicas y se sustituyen por una Sección encargada de liquidar en breve plazo los expedientes aún no resueltos. BOE nº 194 (13/07/1946), pp. 5.557 - 5.558.


BIBLIOGRAFÍA

Destacan los estudios generales de Manuel Álvaro Dueñas, algunos descargables de internet.
Igualmente existen numerosos estudios que investigan la actuación del Tribunal, provincia a provincia:
  • Alcaraz Abellán, José: "La Ley de Responsabilidades políticas y su aplicación en Fuerteventura (1939-1942)", Tebeto: Anuario del Archivo Histórico Insular de Fuerteventura, 3 (1990), p. 147-160.
  • Álvarez García, Carlos: Responsabilidades Políticas y Libertad Vigilada. El Caso de Soria. Fuentes Documentales Conservadas En el Archivo Histórico Provincial: (1937-1972). Toledo, 2000. p. 599-620.
  • Franco Lanao, Elena: Denuncias y Represión en años de Posguerra. El Tribunal de Responsabilidades Políticas en Huesca. Huesca , 2005.
  • FRÍAS RUBIO, Ana Rosa, "El Tribunal de Responsabilidades Políticas de Soria. 1939-1959", Revista de Investigación en Geografía e Historia del Colegio Universitario de Soria, 3 (1990-1991).
  • Gil Basterra, Iñaki (rec.): Jurisdicción especial y represión franquista en Álava (1936-1942): documentación del Tribunal de Responsabilidades Políticas para Álava. Vitoria-Gasteiz, 2006; 766 p.
  • GIL BRACERO, Rafael: "La Justicia Nacional y el Tribunal de Responsabilidades Políticas de Granada. Las fuentes y primeras conclusiones". En VARIOS: Justicia en Guerra. Madrid, 1990, pp. 595 a 610.
  • Granja Fernández, Pilar de la: Represión durante la Guerra Civil y la posguerra en la provincia de Zamora: de los consejos de guerra al tribunal de responsabilidades políticas en el Partido Judicial de la Puebla de Sanabria (1936-1945). Zamora, 2002.
  • MIR CURCÓ, Conxita et al.: Repressió económica i franquisme: l'actuació del Tribunal Responsabilitats Politiques a la provincia de Lleida. Barcelona, 1997.
  • Sánchez Recio, Glicerio: Las responsabilidades políticas en la posguerra española: el partido judicial de Monóvar. Alicante, 1984; 78 p.
  • SANLLORENTE, F.: La persecución económica de los derrotados. El Tribunal de Responsabilidades Políticas de Balerares (1939-1942), Mallorca, 2005; 188 p.
  • Durán Pastor, Miguel: Responsabilidades políticas e incautación de bienes: secuelas del desembarco de Bayo en Mallorca (1936-1939). Palma de Mallorca, 1995; 126 p.
  • Vega Sombría, Santiago: "La represión en la provincia de Segovia en los orígenes del régimen de Franco", Hispania Nova: Revista de historia contemporánea, 4 (2004).

miércoles, 5 de marzo de 2008

Historia de los Tribunales de Responsabilidades Políticas

El franquismo desmanteló completamente el sistema político republicano por medio de varias leyes. Con el Decreto del 13 septiembre de 1936 prohibió todos los partidos políticos que no se habían sumado al golpe de estado del 18 de julio. Mas adelante, en 1939, se declararía a la Falange Española Tradicionalista y de las Juntas de Ofensiva Nacional-Sindicalista (FET y de las JONS) el único partido político autorizado.

El Gobierno de Burgos creara diversas instituciones (especialmente judiciales) para perseguir cualquier la disidencia política, religiosa y social. En primer lugar, con la Ley de Depuración de Empleados Públicos, de 10 Febrero de 1939, se suspendieron a todos los funcionarios públicos que no se adhirieron al bando franquista (especialmente a maestros y profesores). Los bienes de los sindicatos -que también fueron ilegalizados- fueron incautados.


Con una serie de decretos (el principal, el Decreto-Ley el 10 de enero de 1937) se crean una Junta Central de Incautación de Bienes y Comisiones Provinciales de Incautación. que desaparecerán cuando se creen los Tribunales de responsabilidades políticas.


Ya he mencionado en post anteriores a otras dos instancias judiciales: la Causa General y el Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo. A ellas hay que sumar la creación, por medio de la Ley de 9 de Febrero de 1939, de la jurisdicción especial de Responsabilidades Políticas.


La Ley
de Responsabilidades Políticas serviría para acusar (de forma grotesca) al bando republicano de haber desencadenado la Guerra Civil al oponerse al Alzamiento del 18 de julio. Su objetivo principal era que todas aquellas personas que hubieran formado parte del Frente Popular, desde los dirigentes a los militantes de base, o si hubiesen simpatizado con él o, incluso, si habían mostrado una "pasividad grave", debían reparar los daños morales y materiales provocados por su comportamiento político. Los Tribunales de responsabilidades políticas impondrían tres tipos de sanciones: inhabilitación profesional, restricciones a la libertad de residencia (especialmente destierros) y multas económicas. Excepcionalmente podían proponer al Gobierno la pérdida de la nacionalidad española del responsable, como ocurría en el caso del primer presidente de la 2ªR, Alcala-Zamora.

De todas estas penas las más habituales e importantes eran las sanciones económicas, las incautaciones y las confiscaciones de bienes que iban a nutrir al nuevo régimen con una importante fuente de ingresos. Las acusaciones podían formularse con carácter retroactivo sancionando acciones desde el 1º de octubre de 1934. En caso de que el acusado hubiese muerto o estuviera ausente se hacía responsables a los herederos (viuda e hijos) del pago de las sanciones y multas.

La planta de esta jurisdicción especial, en la que estaban representados el Ejército, la Magistratura y la FET de la JONS, se organizaba en:
  • El Tribunal Nacional de Responsabilidades, órgano de gobierno de la jurisdicción, encargado de revisar apelaciones en ultima instancia y decidir las competencias que se susciten entre el resto de Tribunales;
  • Los Tribunales regionales (18 al principio), uno en cada capital de provincia donde existiera Audiencia Territorial, más otros tres en Bilbao, Melilla y Ceuta. Eran los encargados directos de juzgar a los acusados.
  • 61 Juzgados Provinciales, donde se instruían las causa antes de pasarlas a los tribunales regionales. Para la confección de los sumarios utilizaban los informes de las autoridades locales (alcaldes, párrocos, guardia Civil) relatando la actuación política del acusado y se inventariaban sus bienes;
  • Los Juzgados Civiles Especiales, uno por cada Tribunal Regional para la ejecución de las sanciones.
A pesar de esta amplia y compleja red de tribunales, no van a ser suficientes para tramitar el enorme número de causas instruidas. Así, de 125.286 expedientes abiertos entre 1939 y 1941, tan sólo habrían podido resolverse 38.055, ya que muchas de las multas impuestas eran simplemente incobrables. La progresiva derrota del Eje frente a los Aliados en la 2ª Guerra Mundial y el deseo del franquismo de suavizar su imagen exterior propiciaría un reforma de la Ley en 1942 reduciendo las causas de enjuiciamiento y las penas impuestas. Finalmente, la incapacidad del franquismo de mantener los grandes gastos que generaban estos tribunales acabarán por propiciar su supresión en abril de 1945 y el traspaso de sus competencias a la jurisdicción ordinaria. Aunque no existen cifras exactas, se calcula que estos tribunales pudieron llegar a incoar durante su funcionamiento más de 250.000 expedientes en toda España.

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